El derecho de la ciudadanía a desplazarse
12 mayo 2026
“Amplia y suficientemente ambiciosa”. Así es como definió la secretaria general de Movilidad Sostenible del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Sara Hernández Olmo, la Ley 9/2025 en un acto organizado por la FRAVM (Federación de Asociaciones Vecinales de Madrid) el pasado 23 de febrero. Explicó que la Ley de Movilidad Sostenible reconoce el derecho a la movilidad, regula todo lo relacionado con la tecnología y la digitalización y se ocupa del medio ambiente: “Es la primera vez que se eleva a rango de ley la neutralidad climática de un sector concreto, como es el del transporte”. También añadió que la nueva norma crea un marco regulatorio sólido que da seguridad jurídica.
Esto ya se había señalado durante la jornada centrada en la seguridad de los peatones que la DGT organizó el pasado 5 de febrero. En esa cita, Lucía Martínez Rivero, directora general de Estrategias de Movilidad del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, señalaba que “con esta Ley, damos un paso más en el camino que nos lleva desde una movilidad centrada en los vehículos a una movilidad centrada en las personas”. También subrayó que a partir de ahora se establece un sistema que nos permite “el ejercicio de nuestros derechos y libertades constitucionales” y que favorece “la realización de nuestras actividades personales, empresariales y comerciales”.
La gran novedad de esta norma es que reconoce la movilidad como un derecho colectivo y esencial de la ciudadanía que deben facilitar los poderes públicos. Es decir, todas las personas deben poder acceder, en igualdad, a los servicios esenciales, (empleo, sanidad, educación, cultura y ocio) mediante una movilidad segura, asequible y respetuosa con el medio ambiente. Se incluye expresamente la perspectiva de género y la igualdad de trato y la no discriminación, atendiendo a patrones diferenciados de desplazamiento, percepción de seguridad y uso del espacio público. Esto obliga a revisar el diseño de redes de transporte, horarios, paradas, iluminación, información y sistemas de seguridad para garantizar que la movilidad sea también una movilidad segura y equitativa para todas las personas.

Segura y equitativa.
Entre sus principales objetivos destacan reducir el impacto ambiental del transporte, luchar contra el cambio climático, mejorar la calidad del aire y la salud pública, reforzar la cohesión social y territorial y favorecer un sistema productivo más eficiente. Para ello, se apuesta por el transporte multimodal, integrado y coordinado; el transporte colectivo a demanda, compartido y con modos activos de desplazamiento; la electrificación progresiva del parque móvil y de puertos y aeropuertos, y las energías renovables.
Transporte colectivo. En este contexto, también se insta a diseñar un nuevo mapa concesional que reconfigure las rutas de transporte de personas en autobús por carretera. Entre otras cosas, las concesiones estatales asumirán aquellas paradas y trayectos en los que las comunidades autónomas no acepten prestar servicio (también en las zonas rurales más despobladas). Además, la Ley protege la financiación estatal de las redes de transporte público tanto urbano como interurbano mediante la creación de un Fondo Estatal de Contribución de la Movilidad Sostenible (FECMO). Buscando la descarbonización del transporte, la nueva norma limita los vuelos nacionales cuyos trayectos ferroviarios puedan realizarse en menos de 2,5 horas, a la vez que insta a recuperar los trenes nocturnos.
Al trabajo. La nueva ley también pone el foco en la movilidad laboral. Según apuntó Sara Hernández Olmo, esta representa el 40 % de los desplazamientos diarios. Es decir, si se registran 40 millones de desplazamientos cada día, 16 millones son por razones de trabajo. Por eso, a partir de ahora, las empresas públicas y privadas con más de 200 trabajadores o 100 por turno, están obligadas a disponer, en el plazo de dos años, de planes de movilidad sostenible. También se debe fomentar el teletrabajo, el coche compartido y el uso del transporte público. Entre otras medidas, tendrán que promover la formación en movilidad, seguridad vial y prevención de siniestros en los desplazamientos por motivos de trabajo.
También los grandes centros de actividad laboral (como polígonos industriales) deberán contar con planes de movilidad sostenible, que están obligados a ser revisados, al menos, cada cinco años. Para ello, se tendrá en cuenta a los trabajadores, pero también a los visitantes o proveedores o cualquier otra persona que acuda a esos centros de trabajo.

El texto aprobado además recoge la promoción y regulación de los vehículos automatizados (drones, vehículos automatizados por carretera, trenes y embarcaciones náuticas autónomas). Por ello, se crea la Oficina para la Facilitación de Pruebas de Vehículos Automatizados en Vías Públicas (OFV). Gestionada por la DGT, sin perjuicio de las competencias que tengan las comunidades autónomas, funciona como una ventanilla única para que los interesados puedan acceder a la información, realizar los trámites preceptivos e informarse del estado de su tramitación para las pruebas en vías públicas.
Ir más allá. Grupos como Ecologistas en Acción recuerdan los datos de la Agencia Europea del Medio Ambiente, según los cuales en 2022 se contabilizaron en España 30.000 muertes prematuras debido a la contaminación. Por eso, reconocen que la nueva norma supone un avance significativo “a pesar de que el texto no presenta la ambición que nos hubiera gustado”. Por su parte, Quique Villalobos, miembro de la Comisión de Medio Ambiente de la FRAVM, señala que la Ley de Movilidad Sostenible es una norma más que aceptable. “Era y es necesaria –añade–, si bien el marco legislativo español hace difícil, que no imposible, legislar desde el Estado sobre cuestiones en las que las comunidades autónomas tienen transferidas competencias”. Aunque considera que “el cambio conductual necesita normas, estímulos, penalizaciones y condiciones que lleven a la gente a cambiar”, añade que el cambio climático es tan evidente que muchas personas ya han interiorizado esa transformación, pero muchas otras no: “Todavía veremos muchas idas y venidas en los próximos años, con conflictos en el transporte y lucha por privilegios en materia de transporte. Al final, no habrá más remedio”.
Entre las funciones del Consejo Superior de Movilidad Sostenible está la coordinación de dos órganos consultivos que ya existían: el Consejo Nacional de Transportes Terrestres y el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial. Las funciones de este último siguen siendo básicamente las mismas:
• Informar y proponer planes de actuación conjunta en materia de tráfico y seguridad vial.
• Asesorar a los órganos superiores del Ministerio del Interior en esta materia.
• Informar de los convenios o tratados internacionales sobre tráfico o seguridad vial.
• Informar o proponer proyectos que afecten al tráfico y la seguridad vial.
• Informar sobre la publicidad de los vehículos a motor.
• Impulsar la actuación de los distintos organismos, entidades y asociaciones que desarrollen actividades en esta materia mediante las correspondientes propuestas.
• Conocer e informar sobre la evolución de la siniestralidad vial en España.


No Comments